Protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo

¿Qué es el plan de igualdad para empresas?
El protocolo de prevención por acoso sexual y por razón de sexo es un documento interno que establece las medidas de prevención, actuación y protección frente a situaciones de acoso en el entorno laboral.
Su finalidad es garantizar un espacio de trabajo seguro, libre de discriminación y violencia, donde se respete la dignidad de todas las personas.
Este protocolo define:
- Medidas preventivas para evitar situaciones de acoso.
- Canales de denuncia confidenciales y accesibles para los trabajadores.
- Procedimientos de investigación y actuación rápida ante cualquier caso.
- Mecanismos de protección y apoyo a las personas afectadas.
Además de ser una herramienta de prevención y sensibilización, el protocolo es también una obligación legal para todas las empresas, con independencia de su tamaño, lo que lo convierte en un elemento esencial dentro de las políticas de igualdad y cumplimiento normativo.
¿Qué implica un protocolo de prevención de acoso sexual?

Elaboración del Protocolo de acoso sexual
Incluye la redacción de un documento adaptado a la normativa vigente y a las características de la empresa. En él se definen los principios de actuación, los procedimientos de denuncia y gestión de casos, así como las medidas de prevención y protección a las personas trabajadoras. El protocolo garantiza que existan vías internas, confidenciales y seguras para comunicar situaciones de acoso y que la organización esté preparada para darles respuesta con todas las garantías legales.

Asesoramiento para la integración en protocolos generales
El protocolo específico de prevención del acoso sexual y por razón de sexo debe integrarse dentro de la estrategia global de la empresa en materia de igualdad y prevención de riesgos laborales. Nuestro asesoramiento garantiza que este procedimiento no quede aislado, sino que forme parte de las políticas internas de la organización, alineado con el Plan de Igualdad y con los protocolos de actuación en prevención de riesgos.

Formación/Sensibilización a la plantilla y destinatarios
Además de contar con un documento formal, es esencial que toda la plantilla conozca qué es el acoso, cómo prevenirlo y qué pasos seguir en caso de detectarlo. Por eso, ofrecemos sesiones de formación y sensibilización dirigidas a todo el personal, y también a grupos específicos como el equipo directivo o responsables de personas. Estas acciones fomentan la concienciación y ayudan a consolidar una cultura laboral basada en el respeto y la tolerancia cero ante el acoso.

Asesoramiento externo en los procedimientos de actuación
En caso de que se produzca una denuncia o situación que active el protocolo, prestamos asesoramiento especializado al equipo responsable dentro de la empresa. Ofrecemos apoyo jurídico y técnico durante todo el proceso de investigación y resolución, asegurando que se cumplen las garantías legales y que la organización responde con eficacia y sensibilidad ante la situación.
Importancia de contar con un protocolo de prevención de acoso sexual
Contar con un protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo es esencial para garantizar un entorno de trabajo seguro, respetuoso y libre de cualquier forma de violencia o discriminación.
Su importancia radica en varios aspectos clave:
- Cumplimiento legal: La Ley Orgánica 3/2007, la Ley Orgánica 10/2022 y el Real Decreto 901/2020 obligan a todas las empresas, con independencia del número de trabajadores, a disponer de medidas o protocolos específicos para prevenir y actuar frente al acoso.
- Protección de las personas trabajadoras: Salvaguarda derechos fundamentales, protegiendo la dignidad, integridad física, psíquica y moral de quienes forman parte de la plantilla.
- Prevención y sensibilización: Permite detectar y erradicar conductas inadecuadas desde la raíz, sensibilizando a toda la organización sobre la tolerancia cero frente al acoso.
- Mejora del clima laboral: Al ofrecer una vía interna, confidencial y rápida de resolución, la empresa refuerza la confianza de sus trabajadores y fomenta un ambiente más sano, seguro e igualitario.
- Compromiso corporativo: Refleja el compromiso real de la empresa con la igualdad y con la creación de entornos inclusivos, lo que mejora su reputación y atractivo como empleador.
En definitiva, el protocolo no solo es una obligación normativa, sino también una herramienta estratégica de protección y prevención que aporta valor tanto a las personas trabajadoras como a la propia organización.
Protege a tu empresa y garantiza un entorno laboral seguro
Solicita ahora asesoramiento para implantar tu Protocolo de Prevención del Acoso con todas las garantías legales.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los tres tipos de acoso?
En el ámbito laboral, se reconocen principalmente tres tipos de acoso sexual:
- Acoso sexual verbal: comentarios, bromas, chistes o insinuaciones de naturaleza sexual no deseada, así como solicitudes de favores sexuales o comentarios sobre la apariencia física con connotaciones sexuales.
- Acoso sexual no verbal: gestos, miradas lascivas, guiños, mensajes escritos o imágenes de contenido sexual, así como la exhibición de material pornográfico o sexualmente sugestivo en el entorno laboral.
- Acoso sexual físico: tocamientos no deseados, abrazos, besos o cualquier otro contacto físico de naturaleza sexual sin el consentimiento de la persona afectada.
Cualquier comportamiento que atente contra la dignidad de una persona en el entorno laboral, ya sea verbal, no verbal o físico, puede considerarse acoso sexual y debe ser prevenido y abordado por la empresa.
¿Cuándo la conducta sexual se convierte en acoso?
Una conducta se considera acoso sexual cuando es no deseada, ofensiva y reiterada, y tiene el efecto de menoscabar la dignidad de la persona que la recibe. No es necesario que exista contacto físico: comentarios, insinuaciones, gestos, mensajes o presiones también pueden constituir acoso si generan un entorno laboral hostil, intimidatorio o humillante.
¿Qué palabras se consideran acoso?
No existe una lista cerrada de palabras, ya que depende del contexto y la intención con que se pronuncien. En general, se consideran acoso aquellas expresiones de carácter sexual o despectivo que resultan ofensivas, humillantes o intimidatorias para la persona que las recibe. Pueden ir desde piropos insistentes, bromas sexuales, comentarios sobre el aspecto físico o insinuaciones, hasta expresiones vejatorias relacionadas con el sexo o la orientación sexual. Lo determinante es que la comunicación no sea bienvenida y atente contra la dignidad de la persona.